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El nuevo reglamento de tránsito en la República de Panamá, regirá a partir de enero de 2007 con disposiciones tales como:

Artículo 236: Los propietarios de vehículos están obligados a mantener vigente un seguro de responsabilidad civil que comprenda como mínimo:

  1. Responsabilidad por daño a la propiedad ajena por el monto mínimo de B/.5,000.00

  2. Responsabilidad de lesiones corporales de B/.5,000.00 por persona y B/.10,000 por accidente.

Autoridad del Tránsito y Transporte Terreste

Parágrafo: Los propietarios de vehículos matriculados en otros países están obligados a cumplir con las disposiciones de este artículo para poder circular en la República de Panamá.

Fuente:  Gaceta Oficial, Viernes 29 de Diciembre de 2006 (nº 25,701)

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